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viernes, 28 de junio de 2013

INFORME DEL TRIBUNAL DE DISCIPLINA PARA ZONAS “A” Y “B” DEL CAMPEONATO “RAMON A. GODOY” 2013.

Art. 1º.- Miembros de este Tribunal, se dirigen a Miembros de la Comisión Directiva, con el fin de poner a vuestro conocimiento, sobre informe enviado a éste de parte del Tribunal de Penas de la Federación Catamarqueña de Fútbol que, al jugador MONTOYA Ezequiel Norberto, DNI.Nº35.389.371, se le redujo la sanción aplicada por esta Federación con seis (6) partidos de suspensión, reduciéndole a cuatro (4) partidos de suspensión (Art 33º y 35º del R.T.P.), quedando habilitado por éste para que jugara en el presente campeonato.
Art. 2º.- NO HAY. . . . . . . . . .
Art. 3º.- Sancionar al jugador CHAGARAY, Leandro (Tiro Federal), con un (1) año de suspensión según art. 183º.-
Art. 4º.- Sancionar al jugador CASAS, Luis (Racing), con un (1) año de suspensión según art. 183º.-
Art. 5º.- Este Tribunal habilita al jugador NIEVA, Rubén Oscar (Ferro Indep’te), quien fue expulsado en el año 2011.-
Art. 6º.- Sancionar al jugador ALVAREZ, Pablo (Güemes), con un (1) partido de suspensión según art. 207º.-
Art. 7º.- Sancionar al jugador MONTOYA, Néstor (Racing), con un (1) partido de suspensión según art. 207º.-
Art. 8º.- Sancionar al jugador OLMOS, Guillermo (U. Aconquija), con un (1) partido de suspensión según art. 207º.-
Art. 9º.- Sancionar al jugador ROBLEDO, Esteban (Aconquija-Chaquiago), con un (1) partido de suspensión según art. 207º.-
Art. 10º.- Sancionar al jugador CORDOBA, Lucas (Rivadavia), con un (1) partido de suspensión según art. 207º.-
Art. 11º.- Sancionar al jugador CASTRO, Dante (U. Aconquija), con cinco (5) partidos de suspensión art. 205º.-
Art. 12º.- Sancionar al Sr. SOTO Marín (Ayudante de Campo - 1ra División), del club U. Aconquija con treinta (30) días de suspensión, según art. 260º.-
Art. 13º.- Sancionar al club Unión Aconquija con una multa de pesos ciento cincuenta ($150,00)., motiva esta por disturbios (arrojar piedras) hacia el equipo adversario al salir del campo de juego, según art. 80º.-
Art. 14º.- Sancionar al club Rivadavia por la no presentación de la 5ta. División, con la multa de pesos quinientos ($500,00), según art. 109º.-
Art. 15º.- Art. 9º.- Sancionar al jugador MEDINA Mauro (F. M. Esquiú), con un (1) partido de suspensión según art. 207º.-
Art. 16º.- Sancionar al jugador DIGIACOMO, Federico (Alberdi), con un (1) partido de suspensión según art. 207º.-
Art. 17º.- Sancionar al jugador NIEVA, Héctor (U. Obrera), con cuatro (4) partidos de suspensión según art. 200º.-
Art. 18º.- Sancionar al jugador CATIVA, Juan (U. Obrera), con un (1) partido de suspensión según art. 207º.-
Art. 19º.- Sancionar al jugador SILVA, Javier (San Lorenzo - Pomán), con cuatro (4) partidos de suspensión según art. 200º.-
Art. 20º.- Sancionar al jugador ACEVEDO, Miguel (San Lorenzo - Pomán), con cuatro (4) partidos de suspensión según art. 200º.-
Art. 21º.- Sancionar al jugador CARRIZO, Ezequiel (San Lorenzo - Pomán), con cuatro (4) partidos de suspensión según art. 200º.-
Art. 22º.- Sancionar al jugador SOLOHAGA, Gabriel (U. Obrera), con un (1) partido de suspensión según art. 207º.-
Art. 23º.- Sancionar al jugador CENTENO, Jesús (San Lorenzo - Pomán), con un (1) partido de suspensión según art. 207º.-
Art. 24º.- Sancionar al jugador PEREYRA, Iván (Santa Rosa), con un (1) partido de suspensión según art. 207º.-
Art. 25º.- Sancionar al jugador CEDRON, Luis (Ferro-Indep’te), con cuatro (4) partidos de suspensión según art. 200º.-
Art. 26º.- Sancionar al jugador NIEVA, Federico (Alberdi), con un (1) partido de suspensión según art. 207º.-
Art. 27º.- Sancionar al jugador PALACIOS, Carlos (Alberdi), con cuatro (4) partidos de suspensión según art. 200º.-
Art. 28º.- Sancionar al jugador VALDEZ, Alan (Belgrano), con cuatro (4) partidos de suspensión según art. 200º.-
Art. 29º.- Sancionar al Sr. TOLEDO, José (D.T. Club Belgrano), con treinta (30) días de suspensión, según art. 260.-
Art. 30º.- Sancionar al Sr. BAMBICHA, Walter (D.T. Club Alberdi), con treinta (30) días de suspensión, según art. 260.-
Art. 31º.- El jugador GOMEZ, Leandro (Aconquija de Chaquiago), queda habilitado por este Tribunal.-

TRIBUNAL DE DISCIPLINA - LIGA ANDALGALENSE DE FUTBOL. ANDALGALÁ, 24 DE JUNIO DE 2013.-

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